Separación de Bienes en el Matrimonio y la Unión Libre en Colombia
La separación de bienes (legalmente conocida como liquidación de la sociedad conyugal en el matrimonio o liquidación de la sociedad patrimonial en la unión libre) es el proceso mediante el cual se dividen los bienes y las deudas adquiridas durante la vigencia de la relación.
1. ¿Qué es la Sociedad Conyugal y la Sociedad Patrimonial?
- Sociedad Conyugal: Nace automáticamente en el momento en que dos personas se casan civilmente o por un rito religioso reconocido (salvo que hayan firmado capitulaciones matrimoniales).
- Sociedad Patrimonial de Hecho: Nace en la unión libre (Unión Marital de Hecho) cuando la pareja convive de manera ininterrumpida por dos (2) años o más (Ley 54 de 1990).
2. Bienes que Entran y Bienes que NO Entran en la Repartición
Una de las mayores confusiones es creer que "todo se divide por mitad". Esto no es así. El Código Civil (Artículos 1781 y siguientes) define qué entra a la bolsa común (el haber) y qué no.
SÍ entran en la repartición (Haber de la sociedad)
- Salarios, sueldos, honorarios y frutos del trabajo de cualquiera de los dos.
- Los frutos, pensiones, intereses o lucros de los bienes sociales o propios (ej. el arriendo de una casa propia).
- Los bienes que cualquiera adquiera a título oneroso (comprados) durante el matrimonio/unión.
NO entran en la repartición (Bienes propios)
- Los bienes que la persona ya tenía antes de casarse o de iniciar la unión libre.
- Los bienes que se reciben durante la relación por herencia, legado o donación.
- Los bienes subrogados (comprar una casa con el dinero exacto de la venta de una casa que se tenía antes de casarse, dejando constancia en la escritura de que hay subrogación).
3. Las Deudas También se Dividen
La separación de bienes incluye el pasivo. Las deudas contraídas durante la vigencia de la sociedad (tarjetas de crédito, créditos hipotecarios, préstamos de libre inversión) entran en el proceso y deben restarse del activo total antes de repartir.
4. ¿Cómo se Hace la Separación de Bienes?
Se puede realizar de dos formas:
Por Mutuo Acuerdo (Vía Notarial)
Si la pareja está de acuerdo en qué bienes hay y cómo repartirlos (o si están de acuerdo en dejarlos en cero).
- Es un trámite rápido que se realiza mediante Escritura Pública.
- Requiere inventario y avalúo de los bienes.
- Se necesita abogado si los bienes superan un valor determinado (15 SMLMV).
- Se puede hacer la separación de bienes sin divorciarse, para que a partir de ese momento cada uno administre su patrimonio de forma independiente.
Sin Acuerdo (Vía Judicial)
Si no hay acuerdo, se debe presentar demanda ante un Juez de Familia.
- El proceso incluye una etapa de inventarios y avalúos.
- Es un proceso que puede durar varios años dependiendo de la complejidad de los bienes y los peritajes requeridos.
5. Preguntas Frecuentes
¿Mi ex pareja tiene derecho a la casa que compré antes de vivir juntos? No. Los bienes adquiridos antes del matrimonio o de que nazca la sociedad patrimonial son bienes propios y no entran en la liquidación.
¿Puedo ocultar dinero o vender cosas antes de la separación? No. La ley castiga el ocultamiento y distracción dolosa de bienes de la sociedad conyugal (Art. 1824 del Código Civil) ordenando que el cónyuge que oculta pierda su derecho en esa cosa y deba restituirla doblada.
Fuentes Normativas
- Código Civil Colombiano — Artículos 1781 a 1836 (Sociedad Conyugal).
- Ley 54 de 1990 — Régimen patrimonial en la Unión Libre.
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