El REDAM: La "Muerte Civil" para los Padres que No Pagan Alimentos
Durante mucho tiempo, la impunidad en Colombia para los padres (o madres) que se negaban a pagar la cuota alimentaria era desastrosa. Renunciaban a sus empleos formales, ponían sus casas a nombre de terceros y trabajaban "por debajo de cuerda" para que los Jueces de Familia no tuvieran de dónde embargarles el sueldo.
Para acabar con esta burla al sistema judicial, el Congreso aprobó la Ley 2143 de 2021, creando el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM). Entrar a este registro equivale a una verdadera "muerte civil" en Colombia.
1. ¿Quién entra al REDAM?
Cualquier padre o madre que deba TRES (3) cuotas alimentarias sucesivas o alternadas. No importa si dejó de pagar los últimos tres meses de corrido, o si dejó de pagar enero, junio y octubre. A la tercera cuota incumplida, el padre o madre a cargo del niño puede solicitarle al Juez o al Comisario de Familia que ordene la inscripción del moroso en la base de datos nacional del REDAM.
2. Las 6 Sanciones Fulminantes (La Muerte Civil)
Estar inscrito en el REDAM no es simplemente "un reporte más". El Ministerio de las TIC cruza esta base de datos con casi todas las entidades del Estado y sector financiero. Al moroso se le activan inmediatamente las siguientes prohibiciones:
- Prohibición de Salir del País: Migración Colombia le anulará la salida en el aeropuerto, incluso si va de viaje de negocios o vacaciones.
- Bloqueo Financiero (Datacrédito): Será reportado ante las centrales de riesgo. Ningún banco le aprobará tarjetas de crédito, créditos de vehículo ni hipotecas.
- Imposibilidad de Contratar con el Estado: Si el moroso es un ingeniero independiente o tiene una empresa, el SECOP bloqueará su usuario. No podrá firmar ni ejecutar contratos, licitaciones ni OPS (Órdenes de Prestación de Servicios) con alcaldías ni ministerios.
- Prohibición de Vender Propiedades: Al intentar vender una casa o un apartamento en Notaría, el Notario verificará el certificado REDAM. Si está reportado, la venta no se puede firmar. El patrimonio queda congelado (Solo se autoriza la venta si el producto del dinero va directo a pagar la deuda de alimentos).
- No puede posesionarse en Cargos Públicos: Si ganó un concurso de méritos o fue nombrado en un cargo público, no podrá tomar posesión. Y si ya es funcionario público, su superior quedará autorizado para retener su salario y pagar la cuota.
- Dificultad en visas e inmigración: Algunos consulados exigen certificado de antecedentes y paz y salvo REDAM para trámites consulares.
3. ¿Cómo salir del REDAM?
El dolor económico y de movilidad es tan fuerte que la mayoría de los morosos terminan buscando dinero prestado para pagar en tiempo récord. Para salir del registro, no basta con hacer un "abono". El deudor debe pagar la totalidad de las cuotas atrasadas, más los intereses. Una vez el padre custodio o el juez confirma que la deuda quedó en cero, la autoridad judicial tiene 5 días hábiles para ordenar al Ministerio de las TIC que borre al ciudadano del registro.
Fuentes Normativas
- Ley 2143 de 2021 (Creación del REDAM).
- Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).
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