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El Despido Indirecto: Renunciar porque no te pagan el sueldo

Por: Equipo Editorial Jurisline
14 de julio de 2025
El Despido Indirecto: Renunciar porque no te pagan el sueldo

El Despido Indirecto: Cómo Renunciar y Cobrar la Indemnización

A fin de mes, todos tus compañeros reciben su sueldo, menos tú. Le preguntas a Recursos Humanos y te dicen "hay problemas de caja, espere a la otra semana". Luego te das cuenta que llevan 3 meses sin consignarte la EPS ni las pensiones, e incluso te mandaron a trabajar a otra ciudad sin pagarte los viáticos.

Ante este escenario abusivo, el 90% de los colombianos simplemente entregan una carta que dice "Renuncio por motivos personales", para poder buscar otro empleo. Acabas de regalarle millones de pesos a la empresa que abusó de ti.

La figura legal para defenderte se llama Despido Indirecto o Renuncia Motivada.


1. ¿Qué es el Despido Indirecto?

La ley colombiana entiende que tú no querías quedarte sin trabajo, sino que la empresa te obligó a irte por incumplir sistemáticamente sus obligaciones graves. El Artículo 62 (Literal B) del Código Sustantivo del Trabajo establece las justas causas para que el trabajador pueda dar por terminado el contrato. Si la empresa incumple con pagar el sueldo, te maltrata o no paga la salud, el trabajador puede irse de inmediato. Y como la culpa fue de la empresa, la ley castiga a la empresa obligándola a pagarle al trabajador la misma indemnización que le hubieran pagado si lo echaran sin justa causa.

Las Causales más comunes para el Despido Indirecto:

  1. No pagar el salario en la fecha acordada (Atrasos continuos).
  2. No afiliarte o dejar de pagar tus aportes a la EPS, AFP (Pensión) y ARL (Riesgos).
  3. Violencia verbal, gritos de acoso laboral, o amenazas a tu familia.
  4. Obligarte a prestar tus servicios en un sitio distinto al contratado sin justificación y sin cubrir viáticos.
  5. Exigirte la prestación de labores no pactadas en tu contrato que ponen en riesgo tu salud.

2. El Error que Arruina la Demanda: No Motivar la Carta

Para que el juez laboral en el futuro condene a la empresa a pagarte la indemnización, la carta que entregues el día de tu salida debe ser perfecta.

Lo que NO debes hacer: Renunciar y ya. Y luego en la demanda decirle al juez: "Señoría, yo renuncié pero en realidad fue porque no me pagaban". El juez dirá: "En la carta usted dijo motivos personales, usted miente".

Lo que SÍ debes hacer (La Renuncia Motivada): Tienes que entregar una carta titulada "Terminación Unilateral del Contrato por Justa Causa" y enumerar ahí mismo los motivos precisos: "Señores Empresa XYZ: Doy por terminado mi contrato a partir de la fecha bajo la figura del despido indirecto, ya que ustedes llevan 2 meses de atraso en salarios (abril y mayo) y me desafiliaron de la EPS. Por lo tanto, exijo mi liquidación final más la indemnización de ley por despido".

3. ¿Cómo obligarlos a Pagar?

Una vez entregas la carta y te vas a tu casa, la empresa tendrá un choque de realidad. Tienen que enviarte tu liquidación. Si se niegan a pagar la liquidación y la indemnización argumentando que "usted fue el que renunció":

  1. Te presentas ante el Ministerio del Trabajo y citas a la empresa a una Audiencia de Conciliación llevando la copia de tu carta motivada y las pruebas del no pago de EPS.
  2. Si la empresa no concilia en el Ministerio, tu abogado laboral radica de inmediato la Demanda Laboral ante un Juez.
  3. El premio final: Además de los salarios caídos y la indemnización, si la empresa retiene el pago de mala fe, el juez los condenará a la Indemnización Moratoria ("Brazos Caídos"), que significa pagar un (1) día de salario extra por cada día de retraso hasta que te paguen todo. Un caso de estos puede quebrar a una Pyme mal administrada.

Fuentes Normativas

  • Código Sustantivo del Trabajo — Artículo 62, Literal B (Justas causas por parte del trabajador) y Artículo 65 (Indemnización moratoria).

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