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El Delito de Feminicidio en Colombia: Diferencias con el Homicidio

Por: Equipo Editorial Jurisline
6 de julio de 2025
El Delito de Feminicidio en Colombia: Diferencias con el Homicidio

El Delito de Feminicidio: Castigo Máximo a la Violencia de Género

Durante décadas en Colombia, cuando un hombre asesinaba a su esposa por celos obsesivos, los noticieros y los abogados penalistas lo llamaban "crimen pasional". Se tipificaba legalmente como un simple "homicidio", y en muchas ocasiones el agresor obtenía rebajas de pena alegando que actuó bajo un estado de "ira e intenso dolor" por una infidelidad.

Esto cambió radicalmente en 2015 con la expedición de la Ley Rosa Elvira Cely (Ley 1761), la cual creó un delito autónomo y gravísimo en el Código Penal Colombiano: El Feminicidio (Artículo 104A).


1. La Gran Diferencia: No todo asesinato de mujer es Feminicidio

El Feminicidio NO es simplemente matar a una mujer. Si un ladrón callejero dispara a una mujer para robarle el celular, o si dos mujeres mueren en un accidente de tránsito causado por un conductor ebrio, eso es un Homicidio (agravado o culposo), pero no es un Feminicidio.

Para que la Fiscalía impute Feminicidio, debe probar que a la mujer la mataron "Por el hecho de ser mujer o por motivos de identidad de género". Esto significa que el crimen ocurrió en un contexto de dominación, discriminación y machismo extremo.

Causales que lo convierten en Feminicidio:

La Fiscalía imputará este delito si logra probar al menos una de estas circunstancias:

  1. Relación Íntima o Familiar: El asesino tenía o tuvo una relación familiar, íntima, de noviazgo o de convivencia con la víctima. (El caso del exnovio que no acepta que lo dejen).
  2. Ciclo de Violencia Previa: Si el asesino ya tenía un historial de violencia física, psicológica o sexual contra la víctima o contra otras mujeres.
  3. Cosificación y Violencia Sexual: Si el crimen incluyó actos de instrumentalización sexual, tortura, mutilación o dejar el cuerpo expuesto públicamente.
  4. Relación de Poder o Subordinación: Si el asesino se aprovechó de ser el jefe de la mujer en el trabajo, o si la víctima era trabajadora sexual y el asesino la mató por desprecio a su condición.

2. Penas Severas y Sin Beneficios

El feminicidio es uno de los delitos más castigados de Colombia, casi al mismo nivel del terrorismo.

  • La pena básica es de 400 a 600 meses de prisión (De 33 a 50 años de cárcel).
  • Si hay agravantes (ej. la víctima era menor de 18 años, mujer embarazada, mayor de 60 años, o si el crimen se cometió frente a los hijos), la pena se dispara a la cadena máxima permitida.

El Bloqueo de Beneficios Penales: La ley es implacable. Si una persona es condenada por Feminicidio, NO tiene derecho a rebajas de pena por buena conducta, ni a prisión domiciliaria, ni a permisos de 72 horas. Pagará cada día de la condena tras las rejas de una prisión de máxima seguridad.


3. La Tentativa de Feminicidio

No hace falta que la mujer muera para que se active este delito. Si el agresor la ataca con un cuchillo o con ácido con la intención evidente de asesinarla y destruirla, pero los médicos le salvan la vida, la Fiscalía le imputará Feminicidio en Grado de Tentativa, logrando penas altísimas que sacan al agresor de la sociedad, protegiendo a la víctima de un futuro ataque.


Fuentes Normativas

  • Código Penal Colombiano — Artículos 104A y 104B.
  • Ley 1761 de 2015 (Ley Rosa Elvira Cely).

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