Despido Sin Justa Causa: ¡No dejes que te roben tu liquidación!
Cuando una empresa decide terminar tu contrato laboral simplemente porque "ya no te necesitan", por "recortes de personal", o porque a tu jefe ya no le caes bien, están ejerciendo un derecho legal (la terminación unilateral del contrato).
El problema es que este derecho tiene un precio altísimo para la empresa. Si no cometiste ninguna falta grave (robar, faltar injustificadamente), la empresa está OBLIGADA a pagarte una Indemnización por Despido Injusto (Artículo 64 del CST), la cual es adicional y totalmente diferente a tu liquidación normal de prestaciones (primas y cesantías).
1. Indemnización en Contratos a Término FIJO u Obra/Labor
Si firmaste un contrato a término fijo (ej. de 1 año) o por una obra específica, y te echan a la mitad del camino sin justa causa, la empresa debe pagarte el tiempo que faltaba para acabar el contrato.
Fórmula de cálculo: Valor de tu salario mensual × Número de meses o días que faltaban para vencerse el contrato.
Ejemplo: Firmaste un contrato a un (1) año por $2.000.000 mensuales. Te echaron al mes 4 sin razón. La empresa tiene que pagarte los 8 meses que faltaban de un solo golpe como indemnización. Es decir, te deben consignar $16.000.000. (Adicional a las prestaciones). Si es por "obra o labor", te pagarán el tiempo que calcularon que iba a durar la obra (mínimo 15 días).
2. Indemnización en Contratos a Término INDEFINIDO
Aquí la matemática cambia dependiendo de cuánto ganas.
A. Para salarios menores a 10 Salarios Mínimos (La mayoría de los colombianos):
- Por el primer año de trabajo (o fracción menor a un año): Te pagan 30 días de salario.
- Por cada año adicional al primero: Te pagan 20 días de salario, y proporcionalmente por la fracción.
Ejemplo: Llevas 3 años y medio trabajando, y ganas $1.500.000 mensuales (el día vale $50.000).
- Año 1: Te pagan 30 días = $1.500.000
- Año 2: Te pagan 20 días = $1.000.000
- Año 3: Te pagan 20 días = $1.000.000
- El "Medio" Año: Te pagan 10 días = $500.000 Total Indemnización: $4.000.000
B. Para salarios altos (Más de 10 Salarios Mínimos):
La ley es un poco menos generosa con los altos ejecutivos.
- Por el primer año: Te pagan 20 días de salario.
- Por cada año adicional: Te pagan 15 días de salario, y la fracción proporcional.
3. ¿Qué pasa si renuncias pero te "obligaron"? (Despido Indirecto)
Muchas empresas, para ahorrarse la millonada de la indemnización, no te echan, sino que te hacen la vida imposible para que tú renuncies (te quitan funciones, te insultan o te dejan de pagar el sueldo). Si este es tu caso, NUNCA pases una carta de renuncia diciendo "Me voy por motivos personales". Debes pasar una carta de "Renuncia Motivada" (Despido Indirecto), citando las fallas de la empresa (Ej. "Renuncio porque llevan 3 meses sin pagarme la salud"). Esto te permitirá ir ante un Juez Laboral para obligarlos a pagarte la indemnización por despido injusto, porque fue culpa de ellos que te tuvieras que ir.
Fuentes Normativas
- Código Sustantivo del Trabajo — Artículo 64 (Indemnización por terminación unilateral).
- Código Sustantivo del Trabajo — Artículo 62 (Justas Causas de terminación).
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