Alienación Parental: El Abuso Psicológico Invisible en el Divorcio
Después de una separación traumática, uno de los padres (usualmente quien se quedó con la custodia de los niños en casa) empieza a utilizar a sus propios hijos como armas de venganza contra el otro.
Cada vez que el padre o la madre (el no custodio) va a visitar al niño el fin de semana, el hijo llora, se esconde debajo de la cama, o repite frases de adultos como: "Tú eres malo, tú no nos quieres, tú eres un irresponsable y no te quiero ver". El progenitor custodio sonríe desde la puerta y dice: "Yo no le impido verlo, es el niño el que no quiere ir con usted".
Este patrón destructivo es conocido en la psicología y el derecho de familia como el Síndrome de Alienación Parental (SAP).
1. ¿Qué es la Alienación Parental?
Es un proceso de "lavado de cerebro" o maltrato emocional. El padre o madre alienador realiza conductas sistemáticas para destruir el vínculo afectivo que el niño tiene con el otro progenitor.
- Le habla mal del otro padre constantemente.
- Intercepta las llamadas telefónicas o los regalos.
- Se hace la "víctima" frente al niño (llora diciendo que se quedaron sin dinero por culpa del papá).
- Infunde miedos irracionales (Ej. "Si te vas con tu mamá este fin de semana, ella te va a abandonar").
2. ¿Cómo lo sanciona la Justicia Colombiana?
Aunque en Colombia la Alienación Parental no es un "Delito" per se en el Código Penal con ese nombre exacto, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y las Altas Cortes la consideran una Forma Gravísima de Violencia Intrafamiliar Psicológica y Maltrato Infantil.
La Ley 1098 (Código de Infancia y Adolescencia) establece que los niños tienen el derecho fundamental a tener una familia y a no ser separados de sus padres. Manipular la mente de un niño para borrar a uno de sus progenitores es un daño psíquico permanente.
3. ¿Qué hacer legalmente si eres víctima de Alienación?
El peor error de un padre o madre alienado es rendirse, dejar de ir y decir: "Bueno, si el niño no me quiere, no lo busco más". Esto consolidará el daño. Debes actuar jurídicamente de inmediato:
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Apertura del PARD en el ICBF: Debes acudir a la Defensoría de Familia del ICBF y denunciar que tu hijo está siendo víctima de manipulación emocional. El ICBF abrirá un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD). Ordenarán que psicólogos expertos entrevisten al niño en privado. Los psicólogos del ICBF están entrenados para detectar si el odio del niño es "genuino" (porque el padre realmente le pegaba) o si es "programado" y memorizado (Alienación).
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La Demanda por Custodia (El Golpe Letal): Si el ICBF y los peritos psicológicos dictaminan que el padre/madre custodio está ejecutando una alienación parental grave y dañando mentalmente al niño, tu abogado radicará una Demanda de Pérdida de Custodia ante el Juez de Familia. La Corte Suprema ha ordenado en múltiples ocasiones que la sanción para el padre que aliena a los hijos es quitarle la custodia inmediata y entregársela al padre alienado (sano), para garantizar que el niño recupere su salud mental, con terapias obligatorias para toda la familia.
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Sanciones por Fraude a Resolución: Si el juez fijó un régimen de visitas, y el padre alienador sigue inventando excusas ("el niño amaneció enfermo todos los viernes del mes"), se le puede denunciar en la Fiscalía por Fraude a Resolución Judicial (Delito que da hasta 4 años de cárcel).
Fuentes Normativas
- Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006).
- Jurisprudencia del Consejo de Estado y Corte Suprema (Protección contra la Alienación Parental).
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